Resolución AFIP 3571/13
Conocé la información a aportar a la AFIP sobre titular y usuario del servicio de gas, propietario del inmueble y nomenclatura catastral.
Litoral Gas S.A. informa a sus Clientes que a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10 de la citada Resolución, a partir del 01/04/2014 deberá aportar a dicho organismo recaudador datos referidos al titular y usuario del Servicio Público, propietario del inmueble y su nomenclatura catastral, entre otra información requerida por AFIP, a completar por los Clientes de la Distribuidora.
Copia de tal información será resguardada por Litoral Gas S.A. (Luis C. Carballo 183 - 2° piso - S2013CTT - Rosario - Santa Fe), permitiendo a los Clientes ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión de datos, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 6 de la Ley 25.326.
Para consultar la Res.Gral.AFIP 3571/13 haga click aquí.
Para completar los datos requeridos por AFIP, descargá aquí el formulario, complétalo y envialo por correo postal o presentalo personalmente en cualquiera de las oficinas comerciales de Litoral Gas.
Importante: Si utilizás el servicio y no sos el titular ante Litoral Gas, deberás tramitar el cambio de titularidad en la oficina virtual o en cualquiera de las oficinas comerciales de Litoral Gas.